viernes, 15 de marzo de 2019

Viva la Pepa!



En España podemos presumir de haber tenido una de las constituciones más madrugadoras de la historia: hablamos de la tercera en el orden cronológico mundial, tras la de Estados Unidos (1787) y la francesa (1791).

Nuestra primera Constitución se firmó en el Auditorio de San Felipe Neri, el 19 de marzo de 1812, por ser un día de San José todo el mundo la conocerá como "La Pepa", dando origen a expresiones como el popular "Viva la Pepa!" que todos hemos escuchado alguna vez...

En la fotografía superior vemos la fachada exterior del auditorio, un edificio que destaca entre las callejuelas de la ciudad vieja de Cádiz. En un arranque de exactitud debemos decir que Las Cortes se constituyeron y venían reuniéndose en la cercana localidad de San Fernando, aunque por motivos relacionados con la seguridad de los diputados durante la Guerra de la Independencia, hubieron de refugiarse puntualmente en Cádiz.

El cuadro inferior, que puede verse en el Museo de Las Cortes, contiguo al Auditorio, recoge el momento de la firma y proclamación de esta Carta Magna.
 
La constitución de Cádiz apenas estuvo en vigor durante dos años, ya que fue derogada tras el regreso de Fernando VII en mayo de 1814. De cualquier modo, apenas si entró en vigor de facto, puesto que durante su gestación y vigencia, una buena parte de España se encontraba en manos del hermano de Napoléon Bonaparte -José I- cuando no de justas interinas más preocupadas de organizar su oposición a los franceses, o de virreinatos de ultramar que vivenciaban el vacío de poder que suponía la Guerra de la Independencia. 
 
En el lado bueno la Constitución establecía:
1/  que la soberanía residía en la Nación —ya no en el rey— y la monarquía constitucional...
2/  la separación de poderes y la limitación de los del rey
3/  el sufragio universal masculino indirecto
4/ la libertad de imprenta, la de industria, el derecho a la propiedad o la abolición de los señoríos, entre otras cuestiones...
5/ además, confirmaba la ciudadanía española para todos los nacidos en cualquier territorio de la corona española, fundando prácticamente un solo país junto a las provincias americanas, africanas y asiáticas.

Por el contrario:
1/ el texto consagraba a España como Estado confesional católico, prohibiendo expresamente  cualquier otra confesión en su artículo duodécimo. El Rey lo seguía siendo "por la Gracia de Dios y la Constitución".
2/ del mismo modo no contempló el reconocimiento de ningún derecho para las mujeres, ni siquiera el de ciudadanía... La palabra mujer aparece escrita una sola vez, en una cita accesoria dentro del artículo veintidós, aunque aquello estaba en plena sintonía con la sociedad española y europea del momento.

Con todo se la reconoce su carácter liberal, su afán en defender los derechos individuales, su posicionamiento en querer modificar caducas instituciones propias del Antiguo Régimen y, en general, de recoger medidas regeneradoras enfocadas, con espíritu idealista, a mejorar la sociedad.


Una de las primeras cosas que pueden verse, al entrar en la Tacita de Plata, es este impresionante monumento, con el que se pretende recordar la tan corta como simbólica vigencia de la Pepa...

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